Legislación electoral ha sido reformada 26 veces

SANTO DOMINGO.- La Junta Central Electoral (JCE) presentará a los partidos políticos una propuesta de modificación de Ley de Partidos 33-18 y la Ley Electoral 15-29, a los fines de que sea discutida y conocida previo a su envío al Congreso Nacional.

Ambas leyes de aún reciente promulgación, fueron deformadas por múltiples sentencias de las altas cortes, tras comprobarse incongruencias constitucionales y administrativas.

La propuesta de la JCE no es la única, algunos partidos pequeños ya depositaron sus propuestas de reforma de Código Electoral por lo que el tema volverá a ser eje de debate.

Ha sido recurrente la alteración de la base legal de los procesos electorales en República Dominicana.

El Observatorio Político Dominicano (OPD) dio a conocer ayer una investigación en la cual se confirma que la legislación electoral ha sido reformada en veintiséis ocasiones.

Reforma con tiempo

“A partir de la caída del régimen de Trujillo, en 1961, pasando por la anterior normativa electoral (Ley núm. 275-97) y llegando a la primera actualización integral del marco electoral dominicano con la Ley núm. 15-19, Orgánica del Régimen Electoral, en el país se han producido 26 reformas en esta materia”, explica el estudio.

El observatorio considera pertinente que las reformas a las que aspira la JCE sean aprobadas al menos un año antes de las elecciones, a los fines de que su puesta en práctica no suponga un obstáculo llegadas las fechas de montaje de los comicios, ya sean aquellos correspondientes a las primarias o a las elecciones generales, para evitar falencias, improvisaciones e inobservancias como consecuencia de falta de tiempo para adaptar el proceso electoral a la normativa reformada.

Los autores del estudio plantean, además, que la nueva legislación electoral debe incluir un examen riguroso de compatibilidad entre el texto de la reforma y la Constitución, a los fines de evitar que no sea objeto de tantos recursos de inconstitucionalidad posteriormente.

Lo corregido

Entre las distorsiones corregidas figuran la eliminación del arrastre entre senadores y diputados con la creación de un cuarto nivel de elección, así como la declaración de inconstitucionalidad de la negativa a financiar los nuevos partidos.

También fue dejado en vacío legal el monto que debe ser destinado como contribución económica de las organizaciones políticas y la metodología a tomar en cuenta para determinar los porcentajes de distribución. Esto, fue el último de los litigios escenificados en el Tribunal Superior Administrativo (TSA) cuyo resultado, reformó la nomenclatura partidaria creando cuatro partidos mayoritarios y permitiendo una mejor distribución de los recursos entre las organizaciones políticas consideradas minoritarias.


Por Anyelo Mercedes

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Editor Gazcue es Arte

Master en Educación Superior mención Docencia, Licenciado en Comunicación Social, Técnico Superior en Bibliotecología y Diplomado en Ciencias Políticas, Columnista del periodico El Nuevo Diario

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