Impuestos y márgenes duplican precio gasolina

SANTO DOMINGO.-Más del 50 por ciento del precio final de la gasolina regular y la prémium representan impuestos y márgenes de intermediación, lo que hace que al final de la cadena el consumidor pague más del doble del precio al que se importan estos derivados del petróleo.

La situación es similar en los dos tipos de gasoil que se comercializan en el país, donde los impuestos y los márgenes de intermediación es de alrededor del 43 por ciento de su precio final al consumidor.

Esa información se desprende de la explicación ofrecida por el Ministerio de Industria y Comercio sobre cómo cada semana fijan los precios de los combustibles para el público.

“Los precios fijados no solo responden a las actualizaciones semanales de los costos del petróleo crudo, sino también a los costos de los productos derivados en el mercado internacional, a las variaciones de la tasa de cambio del dólar y a otros elementos que representan costos locales en pesos dominicanos.”, explica.

Añade que todo se refleja en la fórmula de cálculo del precio de los combustibles, la cual es la suma de los costos por importación, los impuestos y los márgenes.

El denominado precio de paridad de importación incluye el precio que se calcula de cada uno de los derivados del petróleo en caso de que hubieran sido importados (el 25 por ciento de ellos se refinan en el país) y el manejo de las terminales de importación.

La Ley de Hidrocarburos establece un impuesto fijo de 18 pesos y 15 pesos por galón a la gasolina prémium y regular y de 6.3 pesos por galón al gasoil, en adición establece un 16 por ciento de ad-valorem al precio de paridad de importación.

En el caso de la gasolina prémium eso representa el 38 por ciento de su valor, en el de la gasolina regular el 36.5 por ciento, en el gasoil regular 25 por ciento y en el gasoil prémium 26 por ciento.

Discrecionalidad

Aunque entre las motivaciones de la Ley de Hidrocarburos (112-00) estaba eliminar la discrecionalidad para la fijación de los precios, Industria y Comercio explica que un decreto (625-11) le permite al Gobierno no realizar un incremento desproporcinal cuando los precios se disparan en el mercado internacional.

Indica que en esos casos esos aumentos se asumen como una deuda frente a los importadores y “posteriormente, cuando se producen bajas en los precios internacionales, el Estado debe compensar las pérdidas disponiendo el traspaso parcial de las bajas para compensar las alzas que no se hicieron”.

Con eso explica porqué no siempre cuando el precio de los combustibles bajan, se produce una reducción en el precio local.

Asegura que ese mecanismo opera a favor del consumidor.


Tomado del periódico El Día.
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Editor Gazcue es Arte

Master en Educación Superior mención Docencia, Licenciado en Comunicación Social, Técnico Superior en Bibliotecología y Diplomado en Ciencias Políticas, Columnista del periodico El Nuevo Diario

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